La veda electoral es una restricción temporal diseñada para garantizar un clima de reflexión antes y después de la jornada electoral. En San Luis, esta ley, regulada por el Artículo 71 del Código Electoral Nacional, comienza 48 horas antes de los comicios y se extiende tres horas después del cierre de las urnas.
Durante este período, es permitido informar hechos objetivos sin inducir a voto. Los medios pueden transmitir programación habitual siempre que no promueva el voto; análisis históricos y debates académicos son válidos. Además, se puede circular por privado en casa o consumir alcohol en el hogar, ya que la restricción al expendio rige solo para comercios y espacios públicos.
Sin embargo, hay actividades prohibidas durante esta veda:
– Realizar actos públicos de proselitismo.
– Contratar publicidad política (TV, radio, plataformas digitales).
– Difundir encuestas o sondeos a menos de 48 horas del cierre de las urnas hasta tres horas después.
– Publicar resultados preliminares o «boca de urna» durante la jornada electoral.
– Organizar espectáculos masivos o reuniones públicas no electorales (partidos, ferias).
– Vender bebidas alcohólicas entre el sábado a las 20 y el domingo a las 21.
– Entregar boletas o propaganda en un radio de 80 metros de las mesas receptoras.
– Abrir locales partidarios dentro del mencionado radio.
– Portar armas, banderas, divisas o distintivos partidistas entre las 12 horas antes y las tres horas después del cierre.
Infringir la veda puede resultar en multas que van desde $50.000 a $300.000 para partidos, candidatos u organismos de comunicación; personas físicas pueden enfrentarse a sanciones menores y hasta inhabilitación temporal para cargos públicos o partidarios.
La veda electoral en San Luis comienza el viernes a las 8 horas antes del cierre de las urnas y finaliza tres horas después. El cumplimiento de la ley es clave para preservar la integridad de los comicios.
Con info e imagen de El Chorrillero.











